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Nueva Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Containteligencia |
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En fecha 28 de mayo de 2008, fue publicada en Gaceta Oficial la nueva Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, dictada con el objeto de desarrollar la organización, funcionamiento y competencias del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia (SNIC). Para mayor información haga clic aquí. |
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Requisitos y trámites para la adquisición de divisas para familiares en el extranjero |
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En fecha 23 de mayo de 2008 fue publicada la Providencia de CADIVI mediante la cual se establecen los requisitos y trámite para la adquisición de divisas para familiares residenciados en el extranjero. Para mayor información haga clic aquí. |
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Niveles de Inventario y Acaparamiento |
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Con base en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Defensa Popular contra el acaparamiento, la especulación, el boicot y cualquier otra conducta que afecte el consumo de los alimentos o productos sometidos a control, recientemente reformado parcialmente y publicado en Gaceta Oficial N° 38.682 de fecha 31 de enero de 2008, se ha intensificado la fiscalización por parte del Instituto Nacional de Defensa y Educación del Consumidor y el Usuario hacia los agentes económicos en particular por la comisión de presunto acaparamiento de productos sometidos a control de precios. En relación con lo anterior vale la pena puntualizar lo siguiente: 1. La Ley de Protección al Consumidor y al Usuario (art. 129) así como el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Defensa Popular contra el acaparamiento, la especulación, el boicot (art. 20) prohíben el acaparamiento definiéndolo de forma general como la restricción la oferta circulación o distribución de bienes y servicios, la retención de dichos bienes o prestación de servicios para provocar escasez y aumento en los precios, sean estos de primera necesidad, para ambos textos legales o sometidos a control de precios en el caso del segundo. 2. Así mismo, La Ley para la Promoción y Protección del Ejercicio de la Libre Competencia establece (art 8) la prohibición de toda conducta tendiente a manipular los factores de producción, distribución, desarrollo tecnológico o inversiones. En este sentido, los inventarios de materias primas han sido definidos por la doctrina de este organismo como un factor de producción susceptible de ser manipulado en desmedro de la competencia (Resolución SPPLC/0041-04 de fecha 06/07/2004) No obstante lo antes mencionado, no existe ningún instrumento legal que defina cuantitativamente los niveles de inventarios óptimos o normales por encima de los cuales una empresa estaría incurriendo en una violación de los artículos arriba mencionados, en particular por el delito de acaparamiento o la conducta prohibida de manipulación de los factores de producción. El citado artículo 129 de la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario establece de forma enunciativa algunos criterios definidores de esta conducta como los son: "... entre otros los relativos al tipo de negocio y volumen de ventas del presunto infractor, fecha de recepción, tipo de venta, tiempo de entrega y factor de oportunidad en la adquisición de dichos bienes, o si se trata de bienes sujetos a oferta o venta estacional." Lo anterior coincide directamente con las declaraciones dadas recientemente por el Vicepresidente de la República, Ramón Carrizales al indicar que: " ...estamos en la obligación de aclarar esta situación ya que entendemos que los alimentos tienen distintas dinámicas y tiempos de almacenamiento, dependiendo de si son perecederos o no perecederos, si son importados o nacionales, y no podemos decir que si tienen cuatro días es acaparamiento" (El Universal, 19/02/2008) Es importante que cada empresa de seguimiento a sus inventarios de acuerdo al tipo de mercado e industria en la cual se desempeña así como mantener los soportes adecuados de los mismos. |
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Guía para la Determinación de Tributos |
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Torres Plaz & Araujo a través de su Departamento de Asesoría Tributaria, se complace en informarle a todos sus clientes y relacionados que se encuentra disponible la actualización de la Guía para la Determinación de Tributos, reflejando las modificaciones más importantes derivadas de la variación en el valor de la Unidad Tributaria. En dicha guía podrá encontrar: 1.Tarifas del Impuesto Sobre la Renta aplicable al período 2007 y 2008. 2.Tarifas Impuesto Sucesoral para los años 2004, 2005, 2006 ,2007 y 2008 3.Variación esquemática de la variación del valor de la Unidad Tributaria desde 1994 hasta enero de 2008, indicando gacetas y valor de la unida tributaria año a año desde el primer año de aplicación. 4.Esquemas prácticos para practicar las Retenciones de ISLR a personas jurídicas y naturales, correspondientes a los últimos 6 años. 5.Variación esquemática desde la primera vez en que fue promulgado el IVA en Venezuela, de las alícuotas del Impuesto al Valor Agregado en sus formas ICSVM e IVA, hasta 2008 6.Tablas del IPC publicados por el Banco Central de Venezuela, actualizados al 31 de diciembre de 2007.
Esta Información y otros aspectos resaltantes está a su alcance a través de la Página Web www.tpa.com.ve , en la sección de Asesoría Tributaria, link: http://www.tpa.com.ve/detalle.asp?sec=110013&id=379&plantilla=8 De igual forma para cualquier información o requerimiento adicional, no duden en contactarnos telefónicamente o a través de nuestro correo electrónico:
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Pago del ISLR debe contemplar remuneraciones vinculadas al salario |
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Según información publicada en el portal fiscal del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) el pasado 18 de marzo, se recuerda a los contribuyentes que todas las remuneraciones vinculadas directamente al salario deben considerarse al momento de declarar y pagar el Impuesto sobre la Renta (ISLR) correspondiente al ejercicio fiscal 2007, cuyo plazo se vence el lunes 31 de marzo. Para mayor información haga clic aquí. |
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Modificadas normas sobre adquisición de divisas para importar bienes |
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Mediante la Providencia 085 publicada en la Gaceta Oficial del pasado 31 de enero, la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) modificó los requisitos, controles y trámites para autorizar la adquisición de divisas correspondientes a las importaciones de bienes. Para mayor información haga clic aquí. |
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Medidas para flexibilizar trámites en el sector alimenticio |
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Mediante el Decreto 5183 publicado en la Gaceta Oficial del 18 de enero, el Ejecutivo estableció las medidas temporales para flexibilizar los trámites que deben realizarse para producir, importar y mercadear productos y subproductos e insumos requeridos para elaborar alimentos. Tales medidas tienen el propósito de garantizar el abastecimiento y reservas estratégicas de alimentos, así como promover el acceso eficaz y oportuno al sistema alimentario de los sectores productivo, transformador y comercializador de alimentos. Para mayor información haga clic aquí. |
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